¿Quién está cubierto bajo la ley de compensación obrera?

Casi todos los empleados de Nueva York están cubiertos bajo la Ley de Compensación Obrera. Para estar cubierto, debe ser un empleado y no un contratista independiente. La determinación de si una persona es empleado o contratista independiente depende de muchos factores, pero el asunto principal es si el empleador tiene el “derecho de controlar” al empleado. En algunos casos, una persona puede ser un contratista independiente para algunos propósitos (como impuestos o beneficios de desempleo), pero empleado para propósitos de compensación obrera. La Junta de Compensación Obrera del estado de Nueva York determina esta categoría dependiendo de su situación particular. La Junta de Compensación Obrera del estado de Nueva York es la agencia estatal que maneja los reclamos de compensación obrera.

Algunos grupos de empleados no están cubiertos bajo la Ley de Compensación Obrera del estado de Nueva York. Estos grupos incluyen oficiales uniformados de la policía, bomberos y trabajadores sanitarios de la ciudad de Nueva York, maestros de la ciudad de Nueva York, marineros, estibadores y empleados del gobierno federal.

Si usted vive en otro estado, si su empleador está localizado en otro estado o si su accidente ocurrió en otro estado, es posible que esté cubierto bajo la Ley de Compensación Obrera de Nueva York o por las leyes del otro estado.

Editores legales: Robert Grey, diciembre 2014 (actualizado junio 2019) 

Pueden haber cambios en la ley. La información se ofrece como un servicio público con la ayuda y apoyo de los editores jurídicos voluntarios, con la intención de ayudarle entender mejor la ley en general. La información no constituye un asesoramiento legal relativo a su problema en particular ni sustituye el asesoramiento de un abogado.

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