Asilo político

Los estados de asilado y de refugiado se distinguen por el lugar en que usted pide el estado o busca beneficios por ese estado.  El asilo se solicita en los EE.UU., y el estado de refugiado se pide fuera de los EE.UU. El hecho de que usted tenga derecho al estado de refugiado o asilado depende de las leyes federales (de conformidad con la Ley de Refugiados de 1980, que regula la ley y las normativas norteamericanas sobre asilados y refugiados).   El Procurador General de los EE.UU. puede concederle asilo si tiene un temor bien fundado de persecución en su propio país. “Asilo” se define como a la protección de una entidad soberana ante la persecución en su país de origen. Hay varios requisitos procesales usted debe cumplir antes de recibir asilo.  Además, se le negará el asilo ante determinadas circunstancias, como haber cometido un crimen grave.

Si usted no vive en los EE.UU., puede pedir asilo en una embajada norteamericana en su país.  Si quiere entrar a los Estados Unidos y luego pedir asilo, puede hacerlo en el lugar de entrada a los Estados Unidos, como el aeropuerto o la frontera. Si ya está en los Estados Unidos, incluso como indocumentado, puede pedir asilo siempre y cuando lo haga dentro del año de su llegada al país. Sin embargo, puede pedir asilo pasado el año de estar en los Estados Unidos si puede demostrar que su situación ha cambiado y causado un retraso en su pedido.  Si usted ya está en los Estados Unidos, puede pedir asilo completando una petición de USCIS. Si ya se han iniciado procedimientos de remoción o deportación, su caso será decidido por un juez federal de inmigración.

Editores legales:  BoBi Ahn y Albert Ades, junio 2015 (actualizado junio 2019)

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