Proceso de remoción
Bajo algunas circunstancias, si usted es un extranjero, puede estar sujeto a un proceso deportación o proceso de remoción para ser enviado a su país de nacionalidad. Aún si se ha convertido en ciudadano estadounidense, puede estar sujeto a remoción si cometió fraude para recibir su tarjeta de residencia (tarjeta verde) o ciudadanía. Usted puede ser removido de EE. UU. si:
- recibió una condena debido a ciertos delitos relacionados con las drogas ilegales, armas de fuego o el espionaje
- recibió una condena por huir de un punto de control migratorio
- actualmente abusa de las drogas o es un adicto o se convierte en un adicto en cualquier momento luego de ser admitido a EE. UU.
- fue declarado culpable de violencia doméstica, acoso, maltrato de menores, negligencia infantil o abandono infantil, o si violó la parte de una orden de protección que prohibía amenazas creíbles de violencia, acoso repetido o daño corporal
- no se registró como delincuente sexual
- no le notificó por escrito a las autoridades migratorias de un cambio de dirección dentro de diez días de la mudanza
- fue declarado culpable de proveer información falsa al registrarse con las autoridades migratorias
- fue declarado culpable de otras violaciones relacionadas al fraude y el uso indebido de visas, permisos y otros documentos de entrada o admisión
- se representó falsamente como ciudadano estadounidense con el fin de obtener algún beneficio migratorio o cualquier otro beneficio
- ha participado en o apoyado alguna actividad terrorista o participado en la persecución, el genocidio, o las ejecuciones extrajudiciales, violaciones graves de la libertad religiosa, o el reclutamiento o uso de niños soldados
- pasó a depender de servicios de asistencia pública dentro de los cinco años después de su entrada a EE.UU., por razones que surgieron antes de su entrada
- era inadmisible cuando entró a EE. UU. o cuando ajustó su estatus
- violó los términos de su visa, tarjeta de residencia (tarjeta verde) u otro estatus
- su estatus de residencia condicional ha terminado
- cometió fraude matrimonial (matrimonio de conveniencia) o estuvo casado menos de dos años antes de obtener su tarjeta de residencia, luego anuló o puso fin a su matrimonio menos de dos años después de recibir su tarjeta de residencia (esto aplica a menos que pueda demostrar que el matrimonio no fue fraudulento y no se realizó para evadir leyes de inmigración)
No obstante, aún si las autoridades migratorias determinan que usted está sujeto a deportación, no será deportado inmediatamente. Usted tiene derecho a una audiencia en la corte y derecho a defenderse contra la remoción en esa audiencia.
Editores legales: BoBi Ahn y Wendy Yevoli, mayo/junio 2015
Pueden haber cambios en la ley. La información se ofrece como un servicio público con la ayuda y apoyo de los editores jurídicos voluntarios, con la intención de ayudarle entender mejor la ley en general. La información no constituye un asesoramiento legal relativo a su problema en particular ni sustituye el asesoramiento de un abogado.
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