No inmigrante

A veces, los extranjeros vienen a EE. UU. pero no tiene la intención de permanecer permanentemente. Por ejemplo, es posible que usted haya venido a EE. UU. para estudiar, visitar, o trabajar. Estas razones caen bajo la categoría de “no inmigrante”. Para estas circunstancias, usualmente necesitará obtener una visa de no inmigrante para entrar a EE. UU. y permanecer legalmente en EE. UU. Existen diferentes tipos de visa de no inmigrante. Las visas de no inmigrante más comunes son:

  • B-1 y B-2: visitante temporal por negocios o por placer
  • F-1: estudiantes académicos
  • H-1B: profesionales con trabajos especializados (podría existir una intención de quedarse permanentemente en EE. UU. en el futuro)
  • E-1/E-2: comerciantes/inversionistas por tratado que vienen a EE. UU. para comenzar su propio negocio
  • L-1: transferencias dentro de una misma empresa que han sido asignadas a trabajar en una oficina afiliada en EE. UU. de una organización internacional (podría existir una intención de quedarse permanentemente en EE. UU. en el futuro)

Por lo general, tendrá que solicitar una visa en una embajada o un consulado estadounidense en su país de origen. Para obtener una visa, tendrá que demostrar que no tiene intenciones de migrar para permanecer en EE. UU., no tiene convicciones criminales y que podrá mantenerse económicamente por cuenta propia en EE. UU. Luego de que reciba su visa, tendrá que entrar a EE. UU. dentro del período de validez de su visa. Su visa puede ser rechazada si se determina que usted proveyó información falsa en su solicitud, si realmente tiene la intención de quedarse permanentemente en EE. UU. , o si su solicitud plantea preocupaciones con respecto a la política , la economía, la seguridad nacional, la salud pública o la seguridad.

Adicionalmente, su visa no garantiza que usted podrá entrar a EE. UU. Cuando llegue, podrá ser interrogado por un inspector del Departamento de Seguridad Nacional, el cual puede negarle entrada a EE. UU. si usted no puede demostrar que no tiene intención de violar los términos de su visa. Su visa le permite entrar a EE. UU. y participar en actividades que están autorizadas bajo la categoría de visa en la cual fue admitido a EE. UU. Por ejemplo, si usted recibe una visa de estudiante (F-1), usted puede estudiar en EE. UU. pero no puede trabajar fuera de la universidad a menos que obtenga un permiso especial (una “autorización de empleo”), y no puede permanecer en EE. UU.  más allá de su estadía autorizada.

Editores legales: BoBi Ahn y Andrew Ceraulo, junio 2015 (actualizado junio 2019)

Pueden haber cambios en la ley. La información se ofrece como un servicio público con la ayuda y apoyo de los editores jurídicos voluntarios, con la intención de ayudarle entender mejor la ley en general. La información no constituye un asesoramiento legal relativo a su problema en particular ni sustituye el asesoramiento de un abogado.

Solicite un Abogado

Back to Top

Nuestros Abogados

Nuestros abogados han sido evaluados y cualificados: todos han aprobado nuestro proceso de solicitud y entrevista. Cada abogado que recomendamos ha sido evaluado por su amplia experiencia, su conocimiento del código de ética y su práctica legal - incluyendo servicios al cliente y el manejo de honorarios y facturación.

Conozca Más Sobre Nuestros Abogados

Sobre Nosotros

Sobre Nosotros Cuando usted llame al 212-626-7373 o al 212-626-7374 (español), un abogado le contestará. Un abogado –consejero de referidos legales conversará con usted sobre su asunto legal o revisará su solicitud de referido por internet. Si concluimos que a usted le conviene ser asistido por un abogado, le recomendaremos un abogado competente que ha … Continued

Conozca Más Sobre Nosotros