Nuevos reglamentos de cobro de deudas de Nueva York

En adición a las leyes federales, el estado de Nueva York tiene sus propios reglamentos de cobro de deudas. Nueva York enmendó sus reglamentos de cobro de deudas recientemente para ofrecer mayores protecciones al consumidor. Los nuevos reglamentos entraron en vigencia en agosto del 2015. Los nuevos reglamentos se aplican sólo a las agencias de cobro o a los compradores de deudas del consumidor. No se aplican a un acreedor original cobrando sus propias deudas ni al cobro de deudas comerciales.

Las compañías que compran deudas son cada vez más populares. Sin embargo, la industria de adquisición de deudas es notoria por tener poca o ninguna información acerca de la deuda que compra y trata de cobrar. Los compradores de deuda suelen tratar de cobrar deudas que ya están saldas o se han liquidado (conocidas como deudas “zombi” porque nunca se van) o deudas cuyo plazo de prescripción (el período de tiempo limitado que tienen los acreedores o cobradores de deudas  para presentar una demanda para recuperar la deuda) ya ha expirado. Al incluir a los compradores de deuda en la nueva ley, Nueva York espera acabar con algunos de estos abusos y proveerle más información a los consumidores acerca de las deudas que están siendo reclamadas.

Los nuevos reglamentos requieren que los cobradores de deuda le provean cierta información durante su primera interacción con usted o dentro de un plazo de cinco días desde la interacción inicial con usted. La información que deben proveerle incluye lo siguiente:

  1. Información general acerca de sus derechos como consumidor. El cobrador de deudas debe proveerle una lista de actividades de cobro prohibidas por la Ley de Prácticas Justas en el Cobro de Deudas (FDCPA, por sus siglas en inglés). También debe enumerar los tipos de ingreso que están protegidos contra el embargo si el cobrador obtiene un fallo judicial en contra del deudor.
  2. Información acerca de la deuda. El cobrador de deudas debe proveerle información acerca de la identidad del acreedor original y una contabilidad detallada de la deuda. Una nueva tendencia es que ciertas compañías están comprando deudas y a veces estas deudas son muy viejas. Es posible que usted no recuerde de qué se trataba la deuda original. Si el cobrador de deudas no tiene esta información no podrá cumplir con los nuevos reglamentos así que no podrá cobrar la deuda legalmente. La información que el cobrador de deudas debe proveerle incluye lo siguiente:
    • El monto de la deuda cuando el acreedor original la envió a una agencia de cobro;
    • El monto de los intereses acumulados desde que la deuda fue enviada a una agencia de cobro;
    • El monto de otras tarifas y cargos;
    • Los pagos que usted ha realizado desde que la deuda fue enviada a una agencia de cobro;
  3. Información acerca del plazo de prescripción.  El plazo de prescripción es el período de tiempo limitado para cobrar una deuda. Algunas deudas son demasiado antiguas y no es posible presentar una demanda para recuperar la deuda bajo los plazos legales que aplican a esas deudas. El cobrador de deudas debe averiguar si el plazo de prescripción ha expirado. Si el cobrador de deudas sabe o debería saber que la deuda es demasiado antigua para cobrarse, debería hacer lo siguiente:
    • Notificarle que es posible que el plazo de prescripción haya caducado;
    • Notificarle que presentar una demanda para recuperar una deuda si su plazo de prescripción ha caducado es una violación de la Ley de Prácticas Justas en el Cobro de Deudas. No obstante, intentar cobrar una deuda sin presentar una demanda está permitido.
    • Notificarle que usted no tiene que admitir que debe la deuda, prometer pagar la deuda, ni renunciar a sus derechos con respecto al plazo de prescripción;
    • Notificarle que si usted admite que debe la deuda o promete pagar la deuda el plazo de prescripción podría comenzar de nuevo y entonces el cobrador de deudas podría demandarlo para recuperar la deuda.

Los nuevos reglamentos también ofrecen algunas protecciones legales si la deuda no le pertenece a usted o si piensa que el monto de la deuda es incorrecto. Usted puede solicitar que el cobrador de deudas le provea información para demostrar que la deuda le pertenece y/o que el monto de la deuda es correcto. El cobrador de deudas debe proveerle esta información dentro de un plazo de 60 días. Por ley, el cobrador de deudas no tiene derecho a intentar cobrar la deuda hasta que le provea la información requerida. El cobrador de deudas debe proveerle la siguiente información si usted presenta una disputa a la deuda por escrito:

  • Cualquier contrato o solicitud que usted haya firmado que esté relacionado con la deuda, si está disponible (si no está disponible, el cobrador puede mostrarle un documento creado por el acreedor original, no el cobrador de deudas, que muestre que usted debe la deuda);
  • La notificación que el acreedor original le envió mostrando que iba a cancelar la deuda y enviarla a un cobrador de deudas
  • Una declaración describiendo cómo el cobrador de deudas adquirió su deuda del acreedor original;
  • Información acerca de cualquier acuerdo anterior relacionado a la deuda.

Los nuevos reglamentos ofrecen protecciones adicionales si usted no puede pagar la deuda. Si usted y el cobrador de deudas se ponen de acuerdo en establecer un plan de pago o establecen algún otro acuerdo, el cobrador de deudas debe proveerle una confirmación del acuerdo por escrito dentro de un plazo de cinco días. Si usted establece un plan de pago con el cobrador de deudas, usted tiene derecho a recibir una contabilidad trimestral de los pagos que ha realizado. Cuando haya terminado de pagar la deuda, el cobrador de deudas tendrá 20 días para darle una confirmación por escrito de que usted pagó la deuda.

Editores legales:  Marshal Coleman y Steven Bennett, septiembre 2015

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