Acusaciones falsas–Difamación de carácter por libelo o calumnia

Cuando una persona hace acusaciones falsas o declaraciones sobre otra persona, “publica” esas declaraciones (transmitiéndolas a un tercero por palabra escrita o de boca en boca), y esas declaraciones dañan o menoscaban la reputación, el carácter o la integridad de esa persona, la persona afectada puede recuperar daños de la persona que hizo las declaraciones falsas. A este tipo de declaraciones se les conoce como difamación de carácter.

Hay dos tipos de difamación:

  1. Libelo: El libelo es una difamación que se escribe, como en un periódico, una revista o en Internet.
  2. Calumnia: La calumnia es una difamación que se publica oralmente, como en un discurso, en la radio o en una conversación informal.

¿Cuáles son los elementos de un caso de difamación?

Aparte del carácter oral o escrito de las declaraciones, los elementos de un caso de libelo o calumnia son los mismos. El demandante debe demostrar que:

  • El acusado hizo una declaración falsa y difamatoria que sabía o debería haber sabido que era falsa (esto constituye el estándar para la negligencia por difamación). Tenga en cuenta que algunas afirmaciones falsas no perjudican la reputación de la persona. Cuando la declaración difamatoria es parte de un todo mayor, si la parte difamatoria es una inexactitud insignificante, no se considerará difamatoria;
  • La declaración falsa identificó claramente a la persona. Las declaraciones imprecisas o no específicas no pueden ser interpretadas como refiriéndose a una persona en particular. Si alguna vez se ha preguntado por qué las películas declaran que cualquier parecido a personas reales y vivas es una coincidencia, es para disipar cualquier noción de que estén identificando claramente a una persona con declaraciones maliciosas. A menos que realmente se nombre a una persona (o se haga el equivalente, como decir “el hombre que vive en la vivienda B en tal o cual dirección”), puede ser difícil establecer que la declaración ha identificado a la persona;
  • El acusado publicó la declaración difamatoria a al menos una tercera persona que no es la persona afectada por la declaración difamatoria. Si la publicación es escrita, la difamación es libelo; si la publicación es oral, la difamación es calumnia;
  • La difamación dañó su reputación o menoscabó su carácter de alguna manera.

Si alguien publicó cosas horribles acerca de mí que son ciertas, pero nadie más las conocía, y se dañó mi reputación, ¿puedo demandar por difamación?

No. En los casos de difamación, la verdad de la afirmación supuestamente difamatoria siempre es una defensa absoluta.

Por ejemplo:

La persona A escribe un artículo en el periódico que afirma que la persona B ha robado a numerosos bancos. La persona B pierde su trabajo. El artículo es falso. La persona B puede demandar a la persona A por difamación.

La persona A escribe un artículo en el periódico que afirma que la persona B ha robado a numerosos bancos. La persona B pierde su trabajo. El artículo es verdadero. La persona A tiene una defensa absoluta en caso de que la persona B demande por difamación.

Además, si usted ya tiene una pobre reputación debido a sus propias acciones en el pasado, por ejemplo, si usted tiene un historial público de delitos y alguien lo acusa de un delito que no cometió, no puede argumentar que fue difamado porque su carácter ya estaba comprometido.

Hice una entrevista con un periodista local y admití erróneamente algo que era falso. La declaración ha sido publicada y mi reputación ha sido dañada. ¿Puedo demandar por difamación?

No. El consentimiento es una defensa absoluta contra una acusación de difamación.

Soy una celebridad y quiero evitar que los tabloides publiquen rumores difamatorios y acusaciones falsas acerca de mí que dañen mi reputación ante mis admiradores. ¿Puedo demandar por difamación?

Sí, pero el estándar de evidencia para usted es más alto. Existe una excepción de figura pública en la ley de difamación que establece que para ganar un reclamo por difamación, una figura pública debe mostrar no sólo que las declaraciones publicadas fueron falsas, sino que la publicadora actuó con “malicia real” o “malicia de hecho” al publicar la historia.

La malicia se define como el conocimiento real de la falsedad de la declaración o negligencia en descubrir la verdad o falsedad de la declaración difamatoria.

Las figuras públicas incluyen celebridades, políticos y otras personas que son prominentes públicamente, de tal forma que hablar de ellos es de interés público.

Soy una persona privada que está involucrada en un asunto de interés público y se han dicho cosas terribles y falsas acerca de mí. ¿Puedo demandar por difamación?

Sí, pero debido a que está involucrado en un asunto público, el estándar será la malicia real.

Si alguien expresa una opinión, ¿puede ser demandado por difamación?

Por lo general, no. Siempre y cuando la declaración se refiera a un asunto de interés público y se haga de tal manera que no se pueda probar si es verdadera o falsa, la declaración está protegida de las acciones de difamación.

Mi ex empleador hizo acusaciones terribles y falsas acerca de mí a otro empleador con el que estaba entrevistando para un trabajo. ¿Puedo demandar a mi ex empleador por difamación?

Probablemente no. Hay ciertas situaciones en las que una ley de Nueva York protege a un acusado de difamación de una demanda. En estos casos, el acusado goza de lo que se denomina como “privilegio calificado” para hacer declaraciones sobre su evaluación de los empleados (incluso si resultan ser falsas), a la policía y a otros empleadores. A menos que usted pueda demostrar que su ex empleador realmente actuó con malicia al hacer estas declaraciones falsas, no podrá ganar un reclamo por difamación.

Soy víctima de difamación:

  • Documente su reclamo: ¿cuándo, dónde y cómo se publicó la declaración falsa?
  • Actúe rápidamente; su tiempo para demandar es limitado.
  • Comuníquese con un abogado de lesiones personales.

Pueden haber cambios en la ley. La información se ofrece como un servicio público con la ayuda y apoyo de los editores jurídicos voluntarios, con la intención de ayudarle entender mejor la ley en general. La información no constituye un asesoramiento legal relativo a su problema en particular ni sustituye el asesoramiento de un abogado.

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